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 Por Internet:
Deberán presentar la declaración por Internet las siguientes personas:
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Quienes realicen actividades empresariales, es decir, comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, de pesca, silvícolas y de autotransporte, cuando sus ingresos en el año anterior hayan sido superiores a $1'750,000.00.
Quienes presten servicios profesionales independientes (por honorarios) o renten bienes inmuebles y sus ingresos el año anterior hayan sido superiores a $300,000.00. |
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Quienes perciban ingresos por sueldos y además algún otro concepto, como intereses, honorarios, renta de inmuebles, entre otros, y la suma exceda de $300,000.00. Estos contribuyentes podrán presentar su declaración mediante la forma fiscal 13, si les resulta impuesto a cargo siempre que durante 2004 no hayan efectuado pagos por Internet a través de los portales de los bancos. |
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 Por ventanilla bancaria: Las personas que no rebasen las cantidades señaladas anteriormente de acuerdo a los conceptos mencionados podrán presentar su declaración por ventanilla bancaria o en Módulos de Asistencia del SAT, utilizando las formas fiscales que les corresponda de acuerdo a sus ingresos; sin embargo, para mayor comodidad, rapidez y seguridad se sugiere presentarla por Internet.
Declarar por Internet es fácil, cómodo, rápido y seguro. |
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