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Inicio>Información para principiantes>¿Cerró su negocio? ¿Dejó de trabajar?>Qué hacer si cirrea su negocio o deja de trabajar
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Personas físicas

Si cierra su negocio o si deja de trabajar debe presentar en cualquier Módulo de Servicios Tributarios un aviso de suspensión de actividades.

Cuando una persona fallezca

En este caso el representante legal (albacea) debe cancelar el Registro Federal de Contribuyentes de esa persona fallecida para lo cual debe:
  1. Presentar aviso de apertura de sucesión sólo si la persona que fallece estaba dada de alta por actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, pesqueras, o de autotransporte, entre otras, así como los arrendadores de inmuebles.

  2. Presentar aviso de cancelación en el RFC por liquidación de la sucesión, esto se hará una vez que se adjudiquen o entreguen los bienes a los herederos.

En el caso de que la persona que fallezca sólo estuviera inscrita por prestar servicios profesionales de manera independiente o por salarios, cualquier persona interesada puede presentar el aviso de cancelación en el RFC por defunción.

Estos avisos se elaboran y acompañan con los documentos que se indican en la Catálogo de Servicios y Trámites del SAT.
última modificación :
29/abril/2010, 13:49, información vigente.
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