HISTÓRICO DE NOVIEMBRE.
Factura Electrónica
De un amigo a otro te digo...
Gracias a la modernización de la comprobación fiscal, estaremos en condiciones de reducir costos como los de operación, por el almacenaje, el envío, la reproducción y la revisión de documentos así como las cargas administrativas para la elaboración de reportes y declaraciones informativas, los tiempos invertidos en los procesos contables e inventarios, para la captura de información y para la repetición de procesos por errores, los tiempos de cobranza y la agilización de los pagos, ya que estos beneficios los ofrece ahora el nuevo esquema de
“Facturación Electrónica”.¿Puedo hacerte una pregunta?
¿Sabes que durante el 2010, tienes una opción para obtener las facturas de manera automatizada y acreditar con estas tus ingresos, deducir gastos o comprobar el traslado físico de las mercancías que se derivan de tu actividad económica? Si no lo sabías,
te invito a que acudas al SAT para que obtengas mayor información.Para ello el SAT, ha renovado la forma en que nosotros los contribuyentes podemos de manera automatizada, comprobar ingresos, deducir gastos, acreditar impuestos o amparar la legal propiedad de mercancías en su traslado, reduciendo los costos que implica la operación y el cumplimiento fiscal de estas obligaciones. Después de conocer estos beneficios, te recomiendo te incorpores al nuevo esquema de comprobación fiscal, para que tengas los beneficios que antes te señalé,
Acércate al SAT y ellos te apoyarán. La Administración Tributaria. 500 años de historia.
Déjame te cuento que...
Matías Romero estableció la Primera Ley del Impuesto al timbre y dada su importancia con él se llegó a cobrar toda clase de impuestos especiales.
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¿Te sigo contando…?
El impuesto del timbre no tiene su origen con Matías Romero; sin embargo, fue él quien le dio impulsó y estableció la primera Ley del Impuesto del Timbre. A raíz de que se inventa en Inglaterra por vez primera el uso de estampillas o sellos adhesivos para pago de derechos postales en 1840, México adoptó ese sistema para uso del correo en 1856; sin embargo, no es sino hasta el imperio de Maximiliano, que se emitieron estampillas fiscales mexicanas para pago de impuestos, en 1863; éstas circularon junto al papel sellado; eran unas tiritas de papel de 68 x 22 mm., no perforadas e impresas en hojas de cien cada una, mostrando dentro de un rectángulo el escudo de armas imperial, imprimiéndose de 1, 1 ½, 3 y 10 centavos y de un peso. El impuesto del timbre adquirió tal importancia que con él se llegó a cobrar toda clase de impuestos especiales.
Matías Romero, presentó en 1870, un proyecto para sustituir el papel sellado o estampado por estampillas adhesivas que se podían pegar en cualquier tipo de papel, puesto que las ventajas o beneficios por el ahorro de tiempo y dinero por el uso de estampillas en otros países era más que evidente. El Administrador del Departamento del Papel Sellado solicitó al secretario del ramo su autorización y un año después, el cambio vino a realizarse y a constituir una verdadera revolución en el sistema financiero mexicano. En la Gran Bretaña y sus territorios alrededor del mundo se usó la misma estampilla para uso fiscal y del correo, evitando la duplicidad de funciones y gastos de imprenta.
Con la Ley del Timbre del 1° de febrero de 1873 se comenzaron a tasar con impuestos las actividades que eran descuidadas por el papel sellado, como: fabricación y embotellado de bebidas alcohólicas, apuestas, rifas, transportación y envíos, actividades profesionales, preparación de tabaco y cigarrillos, entre otros.